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1727
EMERGENCIAS
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REQUISITOS
PREVIOS
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AFILIADOS
A 1727:
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Si bien es
requisito imprescindible la condición de abonado del CASMU para ser
afiliado a 1727, debe tenerse especial atención en dos aspectos:
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1) la verificación
de tal condición y de estar al día en la cuota, sigue siendo un trámite
obligatorio para los funcionarios del CASMU ante toda prestación de
servicio.
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2) existe una
excepción por la cual los familiares directos de abonados de la Institución
pueden ser socios de 1727 sin ser ellos abonados al CASMU.
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INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA |
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MÉDICOS-BASE
DE DATOS |
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Se ha efectuado
el ingreso a la Base de Datos de Técnicos a los efectos administrativos
(la condición de médico de 1727 no lo hace técnico del CASMU).
Figuran dentro de
la especialidad Nº 99, emergencia pre-hospitalaria, con números de ficha
del 55219 al 55251; sin especificación de especialidad (Medicina General
o Pediatría). |
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RECETARIO
AUTORIZADO:
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Pueden, dichos médicos,
realizar indicaciones en recetario CASMU sólo de exámenes de:
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a) Para
medicamentos Canjeables en Farmacias del CASMU:
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Los Médicos de 1727 Emergencias
podrán emitir Recetas desde las 20 hs. de los días viernes o vísperas de
feriados, así como también sábados y domingos; sobre la base de un
listado elaborado por el CASMU.-
Dichas recetas serán de un color
diferente a las usadas los demás días por 1727.-
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b) Laboratorio
de Análisis Clínicos:
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Las indicaciones
serán de urgencia coordinada, debiéndose realizar en formulario TQ; las
mismas serán retiradas por el Laboratorio de la base de 1727 todos los días
hora 20:00.
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La toma de muestras
se hará en domicilio al día siguiente entre el horario de 6:00 a 8:00.
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Los resultados
estarán prontos a la hora 18:00 pasándose por fax a la base de 1727, los
familiares podrán posteriormente retirar los resultados en los locales
C.A.S.M.U en los horarios habituales.
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La nómina de
estudios autorizados a indicar:
Glicemia –
cetonemia, Tipo de protrombina, Hemograma, Paul Bunel, Enzimograma, Cardíaco,
Funcional hepático, Orina, Urea en sangre, Amilasemia, Ionograma,
Creatininemia,
Bacteriuria cuantitativa.
Por resolución de
Dirección General no corresponde el pago de tique, teniéndose igual
criterio que para el paciente en Servicio de Urgencia.
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c) Radiología:
indicación sólo de estudios de Tórax, serán recepcionados por las Clínicas
descentralizadas, debiendo pagar la tasa moderadora correspondiente.
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ORDENES
CONSULTA MEDICA:
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Los afiliados de
1727 podrán recibir, de parte de la empresa, órdenes para consultas médica
gratuitas en las siguientes variables:
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a) consulta con
médicos generales y pediatras de zona.
Cuando a criterio
del médico de 1727 el paciente que está siendo atendido deba continuar en
tratamiento, le entregará un cheque orden a consultorio o domicilio sin
costo para el abonado de C.A.S.MU.
Dicho médico
firmará el cheque orden, identificándolo con el nombre y cédula de
identidad del paciente.
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b) ordenes de
obsequio al afiliado de 1727 C.A.S.M.U.
Anualmente se le
entregará a cada abonado del C.A.S.M.U afiliado a 1727, una cuponera válida
por dos consultas sin cargo que podrá ser utilizada para consultorio en el
Servicio de Urgencia C.A.S.M.U. o para consulta de Médico
de zona en consultorio zonal.
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CONCERTACIÓN
DE CITAS:
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Para las especialidades
centralizadas en el Policlínico se podrán concertar citas telefónicas
directamente desde 1727 Emergencias.
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