1727 EMERGENCIAS


REQUISITOS PREVIOS

AFILIADOS A 1727:

Si bien es requisito imprescindible la condición de abonado del CASMU para ser afiliado a 1727, debe tenerse especial atención en dos aspectos:

1) la verificación de tal condición y de estar al día en la cuota, sigue siendo un trámite obligatorio para los funcio­narios del CASMU ante toda prestación de servicio.

2) existe una excepción por la cual los familiares directos de abonados de la Institución pueden ser socios de 1727 sin ser ellos abonados al CASMU.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

MÉDICOS-BASE DE DATOS

Se ha efectuado el ingreso a la Base de Datos de Técnicos a los efectos administrativos (la condición de médico de 1727 no lo hace técnico del CASMU).

Figuran dentro de la especialidad Nº 99, emergencia pre-hospitalaria, con números de ficha del 55219 al 55251; sin especificación de especialidad (Medicina General o Pediatría).

RECETARIO AUTORIZADO:

Pueden, dichos médicos, realizar indicaciones en recetario CASMU sólo de exámenes de:

a) Para medicamentos Canjeables en Farmacias del CASMU:

Los Médicos de 1727 Emergencias podrán emitir Recetas desde las 20 hs. de los días viernes o vísperas de feriados, así como también sábados y domingos; sobre la base de un listado elaborado por el CASMU.-

Dichas recetas serán de un color diferente a las usadas los demás días por 1727.-

b) Laboratorio de Análisis Clínicos:

Las indicaciones serán de urgencia coordinada, debiéndose realizar en formulario TQ; las mismas serán retiradas por el Laboratorio de la base de 1727 todos los días hora 20:00.

La toma de muestras se hará en domicilio al día siguiente entre el horario de 6:00 a 8:00.

Los resultados estarán prontos a la hora 18:00 pasándose por fax a la base de 1727, los familiares podrán posteriormente retirar los resultados en los locales C.A.S.M.U en los horarios habituales.

La nómina de estudios autorizados a indicar:

Glicemia – cetonemia, Tipo de protrombina, Hemograma, Paul Bunel, Enzimograma, Cardíaco, Funcional hepático, Orina, Urea en sangre, Amilasemia, Ionograma, Creatininemia, Bacteriuria cuantitativa.

Por resolución de Dirección General no corresponde el pago de tique, teniéndose igual criterio que para el paciente en Servicio de Urgencia.

c) Radiología: indicación sólo de estudios de Tórax, serán recepcionados por las Clínicas descentralizadas, debiendo pagar la tasa moderadora correspondiente.

ORDENES CONSULTA MEDICA:

Los afiliados de 1727 podrán recibir, de parte de la empresa, órdenes para consultas médica gratuitas en las siguientes variables:

a) consulta con médicos generales y pediatras de zona.

Cuando a criterio del médico de 1727 el paciente que está siendo atendido deba continuar en tratamiento, le entregará un cheque orden a consultorio o domicilio sin costo para el abonado de C.A.S.MU.

Dicho médico firmará el cheque orden, identificándolo con el nombre y cédula de identidad del paciente.

b) ordenes de obsequio al afiliado de 1727 C.A.S.M.U.  

Anualmente se le entregará a cada abonado del C.A.S.M.U afiliado a 1727, una cuponera válida por dos consultas sin cargo que podrá ser utilizada para consultorio en el Servicio de Urgencia C.A.S.M.U.  o para consulta de Médico de zona en consultorio zonal.     

CONCERTACIÓN DE CITAS:     

Para las especialidades centralizadas en el Policlínico se podrán concertar citas telefónicas directamente desde 1727 Emergencias.